UGT
y CCOO han presentado el día 31 de Julio , ante la Dirección General de la
Organización Internacional del Trabajo, una ampliación de las denuncias y
reclamaciones formuladas en mayo contra la reforma laboral, pues las
modificaciones introducidas en el trámite parlamentario, no han corregido los
aspectos más lesivos de esta norma, que sigue vulnerando numerosos convenios de
la OIT. En este sentido, ambos sindicatos han elaborado dos escritos, firmados
por sus Secretarios Generales, Cándido Méndez e Ignacio Fernández Toxo,
denunciando esta situación.
El
primero es sobre la queja para su tramitación y decisión por el comité de
libertad sindical, contra el Gobierno de España, por violación de la libertad
sindical y del derecho a la negociación colectiva. Cuatro son las cuestiones
que vulneran el contenido de libertad sindical y de negociación colectiva,
contemplados en los convenios de la OIT (número, 87, 98 y 154):
La
ausencia absoluta de cualquier tipo de consulta con las organizaciones
sindicales más representativas previa a la aprobación por el Gobierno de España
del Real Decreto-Ley 3/2012.
La
imposición de la primacía aplicativa de la negociación en el ámbito de la
empresa, con independencia de la que pudiera ser voluntad compartida de
sindicatos y organizaciones empresariales, prohibiendo, por tanto, negociar
modulando o excepcionando la regla de la prioridad absoluta del convenio de empresa.
La
posibilidad del “descuelgue” empresarial, es decir, de inaplicar lo pactado en
convenio colectivo por razones económicas, técnicas, organizativas o de
producción, sin necesidad de acuerdo con los negociadores del convenio ni
siquiera con la representación de los trabajadores en la empresa, con
imposición de un arbitraje administrativo obligatorio.
La
sustitución de la flexibilidad interna negociada, por la decisión unilateral
del empresario, que puede sin acuerdo con los trabajadores decidir no aplicar condiciones
de trabajo pactadas en acuerdos de empresa con la representación de los
trabajadores.
En
el segundo escrito, UGT y CCOO denuncian que también persiste la totalidad de
las infracciones del Real Decreto-Ley 3/2012, en la Ley definitiva, 3/2012, de
6 de julio, que vulnera el convenio 158 de la OIT, en cuestiones como:
La
fijación de un período de prueba de un año en la nueva modalidad de contrato
indefinido, que implica el establecimiento de un despido sin causa y sin
indemnización.
La
nueva regulación de las causas de despido económicas, técnicas, organizativas o
de producción, que conlleva que los trabajadores pueden ser despedidos sin una
causa de suficiente entidad y proporcionalidad y sin verdadero control judicial
de la decisión empresarial.
La
supresión de los salarios de tramitación en caso de opción por el empresario de
la extinción del contrato, ante la declaración judicial de la improcedencia del
despido.
La
inclusión como causa de despido de las faltas de asistencia al trabajo motivadas
por enfermedad o lesión aún debidamente justificadas: el despido por
absentismo.
