lunes, 9 de febrero de 2015

Algunos argumentos para las movilizaciones del 18 de Febrero

  • La reforma del Código Penal y la Ley de Seguridad Ciudadana representan más recortes a los derechos fundamentales y libertades públicas.
  • Dan continuidad a la ofensiva contra el derecho de huelga que ha llevado a encausar a trabajadores y trabajadoras y representantes sindicales, por la defensa colectiva de sus derechos y de su empleo.
  • Marcado perfil ideológico de estas reformas que pretenden: cercenar las libertades democráticas, para acallar la protesta social, y el ejercicio de las mismas frente a las políticas de recortes, restrictivas y antisociales del Gobierno.
  • Criminalizar estos derechos fundamentales supone convertir el conflicto social y el laboral, en un continuo conflicto de orden público.
 
Exigimos:
  • La derogación del apartado tercero del artículo 315 del Código Penal,
  • La retirada del proyecto de reforma del Código Penal y la retirada de la modificación del Proyecto de Ley de Seguridad Ciudadana.
Sobre el #DerechoAHuelga:
  •  300 trabajadores sindicalistas procesados por defender los derechos de los trabajadores y las trabajadoras
  • La Huelga General, máxima expresión democrática del conflicto social,
  • Los piquetes informativos son instrumentos de difusión y publicidad de la huelga, reconocidos y garantizados constitucionalmente y cuya actividad avalan múltiples sentencias. No son delincuentes.
  • El Tribunal Constitucional dice que el derecho de huelga es “un derecho fundamental de conflicto”, lo que implica que “los márgenes de su ejercicio responden a ese contexto de conflicto… en los escenarios de tensión y de conflicto en los que tiene lugar su desarrollo”.
  • El propio Tribunal Constitucional reconoce que se pueden producir situaciones de conflicto y tensión, y son normales en una situación de huelga.
  • Los piquetes son instrumentos de difusión y publicidad de una huelga, que están reconocidos y garantizados constitucionalmente y forman parte del contenido esencial del derecho a huelga. Así lo reconocen varias sentencias del Tribunal Constitucional.
Sobre el proyecto de Ley de Seguridad Ciudadana:
  • No a este proyecto y No a sus enmiendas porque agravan aún más su contenido ya represivo
  • El proyecto pretende, entre otras cuestiones, ampliar el concepto de “sospechoso” a toda persona que lleve algún tipo de prenda u objeto que cubra el rostro total o parcialmente, sin requerir de forma clara que haya indicios de infracción o delito; o generalizar como responsable de infracciones a cualquier persona, aunque padezca una anomalía o alteración mental o intelectual que no le permita comprender si el hecho es lícito o ilícito o no pueda actuar de otra manera.
  • Pretende equiparar como agravante en las sanciones el uso de la violencia y la amenaza con la mera intimidación y legalizar la práctica ilícita de estas fuerzas del Estado de devolver “en caliente” a los inmigrantes en Ceuta y Melilla, algo a todas luces inconstitucional.