Diferencias
entre Incapacidad permanente TOTAL y ABSOLUTA.
La
principal diferencia entre la incapacidad permanente en grado total y en grado
absoluto, es la cuantía de la pensión que se le asigna. Si se obtiene una
incapacidad permanente en grado total, la pensión se calculará aplicando el 55%
de la base reguladora. Y si se tiene más de 55 años, se aplicará en su lugar el
75% de la base reguladora. Todo ello frente a la incapacidad permanente en grado
absoluto cuya pensión se corresponde con el 100% de su base reguladora.
Además
de esta diferencia, existen otras muy importantes. Entre ellas, la IP total
invalida para la profesión habitual, frente a la IP absoluta que invalida para
cualquier profesión. Por ello con una incapacidad permanente total, se podrá
disfrutar de la pensión a la vez que se trabaja en otra ocupación distinta a la
habitual. Cosa que no es posible con la incapacidad permanente absoluta, dado
que incapacita para toda profesión y no permite simultanear pensión y
trabajo.
